Regulación del teletrabajo “debe partir de la limitación del tiempo de trabajo”

El magíster en Derecho Laboral Gustavo Gauthier consideró que la ley sobre el teletrabajo que cuenta con media sanción en Uruguay debería “partir de la limitación del tiempo de trabajo para estar en línea con la Constitución de la República”. Además afirmó que las regulaciones que se han hecho en otros países en general ponen el cargo de las herramientas en el empleador.

Actualizado: 14 de junio de 2021 —  Por: Redacción 180

Regulación del teletrabajo “debe partir de la limitación del tiempo de trabajo”

Pablo Vignali / adhocFOTOS

Gauthier es doctor en Derecho, magíster en Derecho Laboral y profesor de derecho del trabajo en la Facultad de Derecho de la Udelar y en la Universidad de Montevideo. Él concurrió en representación del Instituto de Derecho Laboral de la Udelar a la comisión de Diputados que analiza el proyecto de ley sobre teletrabajo, que ya cuenta con la media sanción del Senador.

El texto fue votado por unanimidad en casi todos sus artículos. El Frente Amplio no acompañó dos puntos: que no se limite la jornada laboral y que se deje librado a un acuerdo entre las partes quién cubre los costos de las herramientas necesarias.

Sobre el primer punto, Gauthier consideró en No toquen nada que “un proyecto de regulación del teletrabajo debe partir de la limitación del tiempo de trabajo para estar en línea con la Constitución de la República”.

Esa limitación puede realizarse con criterios distintos a los que se aplica en el trabajo presencial.

“Lo que se necesita es una flexibilidad en el manejo del tiempo de trabajo que pueda implicar que el trabajador disponga de un tiempo de trabajo en algunos días que pueda ser distinto al de los otros días y que luego se compense el no trabajo, de manera de poder explotar esa ventaja. Podemos hablar de un límite semanal y también puede haber promedios de trabajo, de jornadas, en período mayores a la semana, por ejemplo en un mes. O, como estabalecen otras legislaciones, un promedio de ocho horas o de cuarenta horas semanales en un cómputo anual”, explicó.

Respecto a cómo se cubren los costos del teletrabajo, Gauthier dijo que hay que prever tanto las tecnologías de la información como las de la comunicación. Por ejemplo, citó los equipos necesarios (hardware y software) y la conexión a internet.

Son gastos que el trabajador va a tener que afrontar cuando no está en su oficina.

“En general las legislaciones que hay regulado el teletrabajo ponen de cargo del empleador tanto las tenologías de la información como las de la comunicación. Suministrar la computadora y hacerse cargo del mayor costo que se le genera al trabajador por estar en su domicilio. Eso se puede hacer directamente por parte de la ley o derivando el quantum de ese reebolso a los convenios colectivos”, afirmó.

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