Según el articulado de un proyecto de ley que cuenta con media sanción en Diputados y espera la aprobación definitiva en el Senado, quien por ejempo viole la cuarentena o se aglomere en este contexto de emergencia sanitaria podría ir a prisión.
Este proyecto modifica el artículo 224 del Código Penal y penalizará con tres a 24 meses de prisión a las personas que incumplan esas disposiciones. Se trata de lo que se llama “un delito de peligro”, porque pena la posibilidad de que se produzca un daño.
Aller fue consultado por ambas cámaras legislativas sobre este proyecto. Y manifestó su posición discordante por varios motivos. Uno de ellos la posibilidad de que una persona contagiada de covid pueda terminar en el sistema carcelario uruguayo actual.
El experto en derecho planteó en No toquen nada el caso de una persona contagiada y detenida por violar la cuarentena. El proyecto de ley establece que si estamos en una emergencia sanitaria, como en la actualidad, se le podría aplicar el máximo de la pena, es decir 24 meses.
“¿Lo va a meter preso al tipo contagiado con covid? ¿Tenemos problemas de todo tipo y color y usted va a agregar, por un delito de baja entidad, el intento de contener al individuo metiéndolo preso?”, preguntó.
Y respondió que “no resulta sensato desde el punto de vista de política criminal”.
“Tiene que dejarlo, por ejemplo, en su casa. No le va a dar tareas comunitarias y desparramar (el virus) por la ciudad pintando las paredes de una escuela o un barrio. ¿Qué tiene que hacer? Tiene encerrarlo en su casa. Hay un pequeño detalle: es lo mismo que tiene que hacer aunque no cometa el delito”, afirmó.
Para Aller esto es un ejemplo de lo que en el mundo académico se llama “derecho penal de marketing”. El jurista aclaró que no cree que esa sea la intención del legislador pero que finalmente es lo que termina pasando.
“Esto no es que sea peyorativo, es descriptivo de la realidad. El marketing no es malo, pero es marketing, sabemos cuál es el límite. Una cosa es vender un producto y otra luego ver qué tan eficiente es. Nadie va a decir que el automóvil que promociona es más o menos, lo que va a decir es que es buenísimo. Acá se vende esto como un producto de marketing. A una campaña para que la gente haga mejor sus deberes ciudadanos, agregamos esto con un criterio de amenaza, disuasorio, una suerte de prevención general negativa”, explicó.
Uruguay ha recurrido a esta “inflación penal” desde la apertura democrática, pero fundamentalmente desde 1995, consideró. El fenómeno del “autoritarismo penal” ha supuesto aumento de penas, más dificultades para la obtención de la libertad, más figuras delictivas, más delitos de peligro, más tipos penales parcialmente en blanco o abiertos, mayor vigilancia.
“Uruguay tiene una preciosa, magnífica, democracia. Lo sabemos todos, hay que resaltarlo. Pero en derecho penal tenemos problemas de autoritarismo. Nadie puede negarlo”, lamentó Aller.
“Tenemos autoritarismos penales cuando se elevan penas que afectan toda la dosimetría del sistema orgánico penal y cuando se pretende mayor reclusión en un sistema de hacinamiento que no puede cumplir en forma ni aceptable el mandato del artículo 26 de la Constitución (de reeducación y rehabilitación). Eso no resiste el menor análisis. Uruguay era mucho más liberal en los años 50 y 60 (del Siglo XX) de lo que es ahora. Vamos renunciando a espacios de libertad ciudadana y creo que el problema es que la gente a veces parece que termina acostumbrándose a la pérdida de libertades. Eso nos preocupa”, agregó.