El ministro de Trabajo, Pablo Mieres, informó en No toquen nada que son tres las conductas que pueden implicar la clausura preventiva de una empresa: el uso de tapabocas, el distanciamiento y el alcohol en gel.
Mieres afirmó que el procedimiento habitual para estas sanciones es que se levante un acta que dé cuenta de los incumplimientos. Luego se da vista a la empresa para que haga sus decargos.
“Lo que hay de novedoso es la incorporación de esta medida cautelar que está en función de la gravedad de la situación que estamos viviendo”, afirmó.
Esto se aplica a empresas privadas y públicas.
“Nosotros hacemos inspecciones a reparticiones públicas y se les exige el cumplimiento. Si hay una situación edilicia que genere un riesgo sanitario, se puede clausurar y obligar a que se utilice otro hasta que se corrigen los problemas de infraestructura”, afirmó.
El ministro agregó que si bien hay una exhortación para que se use el teletrabajo al máximo posible no hay sanciones por este tema.