Ley Trans acompaña “la autonomía progresiva de los adolescentes”

Durante la aprobación de la ley de derechos de las personas trans la bancada del Frente Amplio decidió modificar el artículo que habilitaba a tratamientos quirúrgicos irreversibles en menores de edad. Ahora para este tipo de tratamientos la autorización de los representes legales será obligatoria.

Actualizado: 17 de octubre de 2018 —  Por: Redacción 180

Ley Trans acompaña “la autonomía progresiva de los adolescentes”

adhoc Santiago Mazzarovich

El senador Pablo Mieres explicó que estuvo en contra de bajar la edad de imputabilidad y por la misma razón no acompañó algunos de los artículos de la ley.

"Nosotros no vamos a acompañar el procedimiento de cambio de nombre sin autorización de los padres y tampoco vamos a acompañar la posibilidad del tratamiento de hormonización sin autorización de los padres", señaló.

El senador Otheguy contestó a Mieres leyéndole el artículo 11 bis.

"De acuerdo a la edad del niño, niña o adolescente se propenderá a que las decisiones sobre métodos de prevención de la salud sexual u otros tratamientos médicos que pudieran corresponder se adopten en concurrencia con sus padres u otros referentes adultos de su confianza, debiendo respetarse en todo caso la autonomía progresiva de los adolescentes. En caso de existir riesgo grave para la salud del niño o niña, y no pudiera llegarse a un acuerdo con este o con sus padres o responsables, en cuanto al tratamiento a seguir, el profesional, el equipo médico podrá solicitar el aval del juez competente en materia de derechos vulnerados o amenazados de niños, niñas y adolescentes, quienes a tales efectos deberán recabar la opinión del niño, niña o adolescente, siempre que sea posible. Este es el procedimiento", señaló.

La senadora Mónica Xavier también mencionó el tema de los menores y dijo que los procesos de los que se habla llevan años.

"No es posible pensar que un niño o una niña, como se decía hace varios meses cuando se decía que estábamos aprobando esta ley pueda ser sometido ni a una hormonización cruzada, si no llegó el momento de su desarrollo puberal, del tiempo en que se detiene ese desarrollo puberal y luego de generar la hormonización cruzada, ni mucho menos de una cirugía que es posterior a todo eso. Por tanto, cuando los profesionales decían 'es un tiempo posible cuatro años de tratamientos, de evaluación, de seguimiento sistemático', es de eso que estamos hablando, no de que alguien viene y dice 'yo tengo 8 años y quiero cambiar'. No existe eso", dijo la legisladora.

El senador Otheguy dio cifras de la población trans y dijo que no se puede hablar de que tienen beneficios. 

"El salario promedio de la población trans son 7.000 pesos, 30% de desocupación, solo el 20% está en el mercado formal, el 36% es expulsado del sistema educativo, la esperanza de vida es 45 años, al 25% los echan sus padres cuando son niños o adolescentes", detalló.

El proyecto incluye:

  • Posibilidad de adecuar los nombres en la identificación civil.
  • Un sistema de cuotas para el ingreso de personas trans en empleos públicos de un 1% de las vacantes a llenar.
  • Un régimen reparatorio para las personas trans, nacidas antes de 1975, que puedan demostrar que han sido víctimas de discriminación institucional o hayan sido perjudicadas en el acceso al empleo o el estudio por parte del Estado. La reparación mensual será de 3 BCP ($11.500).
  • Educación: exige a las Instituciones educativas prestar apoyo psicológico, pedagógico, social y económico. Además una cuota para personas trans del 2% de las becas a asignar.
  • Salud: todos los prestadores de salud deberán brindar atención integral para adecuar su cuerpo a la identidad de género de las personas trans. Esto incluye tratamientos quirúrgicos.
  • Vivienda: establece de interés general la inclusión de la perspectiva de género en los programas que garantizan el acceso a la vivienda.