¿Para qué pensar en la prevención, reinserción y educación si nos gusta tanto el castigo?
Las temáticas vinculadas con la seguridad ciudadana, la política criminal y el sistema penal constituyen quizá hoy más que nunca un campo ideal para el desarrollo de propuestas de endurecimiento del sistema penal. La desprofesionalización del campo, algunas serias deficiencias de las políticas públicas y ciertos problemas derivados de las fuentes de información sobre estos fenómenos, dan lugar a un escenario propicio para la iniciativa represiva. Es en este marco que se inscribe el proyecto de “Código de responsabilidad infraccional adolescente” remitido al Poder Legislativo el 19 de julio de 2013. Se trata de un proyecto valorable en relación a la forma en la que explícitamente recepciona algunos principios básicos de la justicia penal juvenil, siendo también positivo que establezca un proceso acusatorio en el que los fiscales pasan a tener un papel primordial en el establecimiento de la política criminal, y en el que las víctimas, así como la mediación víctima-ofensor, encuentran un espacio específico en los procesos. En la actualidad las víctimas no son tenidas en cuenta en los procesos y los casos en los que se atiende a sus intereses, por medio de la reparación del daño en el marco de un proceso de mediación, son casi inexistentes.
Pero parece que es un proyecto que no tiene en cuenta algunas de las características principales de la aplicación de la normativa penal juvenil en nuestro país. Los principios de mínima intervención o lesividad, de des judicialización, así como el de oportunidad reglada, que se encuentran orientados a dejar fuera del sistema penal algunas conductas, no tendrán una aplicación adecuada, cuando nos encontramos frente a un proyecto que no deja nada sin criminalizar, ni las faltas, ni las tentativas de delitos menores sin violencia como el delito de hurto.
El proyecto además limita la discrecionalidad del sistema únicamente a favor de la utilización del encierro, hay una serie de delitos que sí o sí darán lugar a privación de la libertad. Pero no hay casos en los cuales ésta no pueda ser utilizada, salvo para el caso de las faltas. Lo peor es que eleva el máximo de privación de libertad de la justicia juvenil a 10 años. No hay que ser un experto en la materia para poder identificar los problemas que causarán los aumentos de penas proyectados. Personas que cometieron delitos siendo menores podrán llegar a los 28 años en dependencias del INAU.
Es claro que por intermedio de la norma proyectada el Poder Ejecutivo ha puesto el acento en el castigo y en la utilización de la privación de libertad, y no en la prevención, reinserción y disminución de la reincidencia, más allá de la reiterativa enunciación de principios que efectúa.
No puede quedar duda alguna de que los delitos cometidos por los adolescentes deben ser castigados. Pero de lo que se trata es que el sistema penal se desarrolle en el marco de políticas eficaces de prevención, que sus intervenciones se encuentren dirigidas a la reinserción y que tengan como resultado que no vuelvan a delinquir. Pero nada de esto parece ser un aspecto central de la norma proyectada. Si así fuera, se debería poder fundamentar cuál es la razón por la cual, una pena máxima como la actual de 5 años no es suficiente, cuáles son los efectos positivos de sumar 5 años más de privación de libertad desde la perspectiva de la reinserción y la disminución de la reincidencia. Y no se trata de 5 años más en cárceles imaginadas, sino en las que tenemos, en las superpobladas cárceles que tenemos, con periodos de encierro de 23 horas al día, con importantes déficit en la cantidad y calidad de las propuestas socioeducativas, y con más de la mitad de los adolescentes tomando pastillas para soportar el encierro.
La confianza ciega en la institucionalización puede llegar a ser uno de los síntomas más evidentes de la debilidad de nuestra democracia. En medio de un proceso de crecimiento ilimitado de la demanda por plazas en los establecimientos de privación de libertad y la construcción de nuevas cárceles, las deficiencias del sistema no van a poder abordarse únicamente por medio de aumento de penas, reformas simbólicas, cambios de nombres e inversión en infraestructura. El aumento del gasto público asignado al sistema no se verá reflejado en resultados si no es acompañado por cambios que impliquen prioritariamente el desarrollo de programas mensurables dedicados a la reinserción de los adolescentes privados de libertad.
También es impresindible en el corto plazo racionalizar el uso y crecimiento de la privación de libertad. El aumento constante del número de personas privadas de libertad –incluidos los adolescentes –será causa, en el corto y mediano plazo, de un aumento del hacinamiento y sobrepoblación, lo que además de implicar un agravamiento de las condiciones de detención y de las violaciones de derechos humanos, condicionará fuertemente la posibilidad de que se desarrollen actividades orientadas a la reinserción y fortalecerá la lógica penitenciaria.
Lamentablemente el resultado de un sistema que opere en dichas condiciones no va a ser la reducción de la reincidencia y el aumento de la seguridad de la población. Asimismo, el aumento de gasto en la construcción de cárceles sin resultados demostrables favorecerá la situación de crisis y emergencia permanente.
Frente al crecimiento de la población en las instituciones penales es preciso formular una propuesta alternativa, en el entendido de que no todo castigo penal debe ser privación de libertad. Pero estas alternativas deben poder ser medidas en cuanto a su eficacia y costos de forma de fortalecer su posición en el elenco de respuestas posibles. Se requiere por parte de actores políticos y autoridades asumir costos y definir una política criminal que reserve la privación de libertad para los casos de infracciones más graves. El listado de iniciativas orientadas a endurecer el sistema penal es muy largo, tan largo como el listado de fracasos de un modelo de gestión penal de la inseguridad social, que consagra formas de venganza o gestos simbólicos de poder.
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