El secretario general de la Unasev, Pablo inthamoussu, dijo a No toquen nada que un 10% de la flota contará con sillas. "Se instaló una dificultad porque cuando el legislador legisla, obviamente, no lo hace teniendo en cuenta los detalles, lo hace en general. Cuando nos encontramos con la dificultad, en el momento de la reglamentación le planteamos a la gremial de taxis la dificultad y visualizamos una parte de la solución, que no es de fondo, pero vimos que algunos móviles de la actual flota pueden tener silla de niños. Hasta que todo se solucione, ese es el acuerdo al que llegamos con la patronal del taxi", explicó.
El presidente de la gremial de taxis, Oscar Dourado, dijo que con esta cantidad de unidades se cubrirán las solicitudes. "En la práctica, el taximetrista que no puede hacer el traslado deberá llamar a un vehículo que haga el traslado en su lugar. También hay padres que tienen la silla, así que se pueden colocar que es muy fácil con cinturones de tres puntas", dijo a Subrayado.
A pesar del acuerdo, este punto se seguirá discutiendo porque la reglamentación de la ley 19.061 se está discutiendo. En su artículo 18 se estableció que la reglamentación debía estar lista el 6 de julio, pero los intendentes pidieron un plazo de 90 días para discutir las sanciones y otros aspectos de la ley.
Disposiciones sobre Sistemas de Retención Infantil
Desde el artículo dos al siete de la reglamentación que se discute se establece de forma específica el tipo de SRI que deberán usar los niños.
Del nacimiento hasta el año o con un peso menor a 13 kg deben viajar con SRI mirando hacia atrás.
Hasta los 4 años o que pesen entre 9 kg y 18 kg deben viajar con SRI mirando hacia adelante, con sujeción propia y la silla debidamente asegurada al vehículo. En caso de exceder los 18 kg podrá hacer uso de una silla suplemento -tipo booster o asiento elevador- con cinturón de seguridad de 3 puntas.
Entre 4 a 6 años o que pesen entre 15 kg y 25 kg deben viajar con SRI -tipo booster o asiento elevador- con cinturón de seguridad de tres puntas o con cinturón de seguridad con dispositivo de regulación de altura en su defecto.
Entre 6 y 11 años o desde 22 kg a 36 kg deben viajar en el asiento trasero con el sistema de retención infantil reglamentario -tipo booster o asiento elevador- con cinturón de seguridad de 3 puntas.
Los niños que a partir de los 12 años y hasta 18 años no superen los 1,50 metros deben viajar en el asiento trasero con sistema de retención infantil reglamentario -tipo booster o asiento elevador- y cinturón de seguridad de 3 puntas.