Hoy vence el plazo para el auto de manifiesto de la defensa en el caso de los enfermeros. Esto significa que los abogados de Ariel Acevedo, enfermero de la Española procesado por 10 homicidios; Marcelo Pereira, enfermero del Hospital Maciel procesado por cinco homicidios y la enfermera, procesada por cómplice podrán presentar nuevas pruebas a la causa. Luego el expediente pasará a manos del fiscal Gilberto Rodríguez, quien asumió la causa en noviembre de 2012.
Rodríguez explicó a No toquen nada que lee los expedientes cuando trabaja con el caso, por una cuestión de practicidad y en este caso todavía no tuvo ninguna instancia judicial.
En este caso han aparecido nuevas pruebas que dieron un giro en la causa. Por ejemplo, el análisis de los tres integrantes de la junta médica donde no se encuentra ninguna evidencia médica concluyente de que los enfermeros asesinaron a sus víctimas en los ocho casos principales. El informe sostiene que la muerte era esperable y en algunos casos inevitable en el corto plazo.
Además, aclara que no se advirtió en ningún caso un desmejoramiento inesperado de los pacientes. Incluso Santa Gladys Lemos, la paciente que fue la clave en el caso, murió por otras causas. El informe de la Junta Médica coincide con la autopsia preliminar que se hizo y consta en el procesamiento del juez Rolando Vomero, la muerte de Lemos fue por un trombo-embolismo pulmonar.
El fiscal anterior del caso, Diego Pérez, consideró que las pruebas médicas no iban a aportar demasiado porque los muertos eran pacientes en edad avanzada. Así lo supo No toquen nada a través de fuentes judiciales.
Gilberto Rodríguez, sin ingresar en el caso particular, explicó que un informe médico en este tipo de casos es una prueba más y de importancia. “No hay ninguna diferencia entre el informe de un médico y el informe de tres médicos que se constituyen en junta médica. Es un dictamen pericial, que es un medio de prueba que no obliga al juez, al fiscal o a la defensa a favor ni en contra para decir que es la palabra revelada. Yo puedo decir que no estoy de acuerdo con eso, pero no soy médico, por eso para contrariar una pericia en una disciplina científica en la que uno no está formado y separarme de esa conclusión, tengo que ir al dictamen de otro médico porque por más que quiera leer libros de psiquiatría forense soy abogado”.
Cuando la fiscalía pidió el procesamiento, lo hizo por la declaración de los propios enfermeros, que reconocieron haber administrado medicamentos no indicados a los pacientes.
Para la fiscalía también pesó la declaración de familiares y colegas de los implicados, el material sobre eutanasia encontrado en la computadora de uno de los enfermeros y el bolso de mano de Pereira que contenía todo tipo de medicamentos.
El fiscal Rodríguez explicó el peso que tiene la confesión de un delito en un caso y la necesidad de armonía de las pruebas para poder pedir o no un procesamiento. “La confesión prestada tiene que hacer nacer en mí lo que se llama la ‘certeza razonada’, la ley nuestra habla de los elementos de convicción suficientes, eso es la posibilidad razonablemente cierta de que un hecho haya ocurrido de cierta manera. La conclusión a la que yo llego tiene que ser aunada por una serie de pruebas que deben ser serias, armónicas, coherentes, que cierran sistemáticamente entre sí”, sostuvo.
Según la defensa del enfermero Marcelo Pereira, procesado por cinco homicidios en 2012, el enfermero nunca confesó ser autor de los crímenes.
No toquen nada accedió a la primera declaración del enfermero ante la policía y allí Pereira dijo que nunca tuvo intención de matar a nadie. La otra declaración la realizó ante el juez Rolando Vomero y es muy similar "Yo solo quería que no tuvieran dolor para ayudarlos, para que cuando despertaran estuvieran mejor, el fin no era matarlos, era sedarlos para que luego tuvieran una mejor recuperación”, afirmó.
La declaración de Pereira fue uno de los argumentos claves para su procesamiento.
Luego del auto de manifiesto, el expediente pasará al despacho del fiscal Rodríguez, quien tendrá seis días hábiles a partir del día siguiente al que recibió el expediente para pedir prueba. “Si se pide prueba, por el ministerio público o por las defensas, vuelve al despacho de la juez y allí se va a decidir si se diligencia o no la prueba que se pidió. Luego habrá otros oficios o pericias, según de qué se trate la prueba. Si nadie pide, la juez devuelve el expediente al ministerio público y el fiscal tiene la instancia donde acusa y pide la pena por un determinado delito o el camino inverso que es el sobreseimiento de la causa, que es decirle a la juez que no se recogió prueba o si la había ya no la hay entonces pido la inmediata libertad y archivo de la causa”, explicó.