El traspaso de los controles antidoping a un organismo público-privado, integrado por el Ministerio de Turismo y Deporte y el Comité Olímpico Uruguayo, soluciona una cuestión jurídica entre el Código Mundial Antidopaje y la Constitución de la República.
“El Código Mundial Antidopaje habilita un sistema de apelación en caso de sanciones a deportistas o federaciones. El problema radica en que nuestra Constitución no permite la apelación de un fallo gubernamental de derecho público por parte de un organismo internacional”, informó Irurueta, según consigna el sitio de presidencia.
Antes de que el presidente José Mujica, la ministra de Turismo y Deporte, Liliam Kechichian, y el ministro de Relaciones Exteriores, Luis Almagro, firmaran la ley 19.969, el control antidopaje en el ámbito deportivo estaba a cargo de la DINADE, dependiente del Ministerio de Turismo y Deporte, por lo que se regía por el derecho público.
Con este cambio Uruguay cumple con la normativa internacional. Según comentó Irurueta había dos opciones. “Modificar la Constitución o que el sistema de control de dopaje se rigiera por el derecho privado y no por el derecho público”, comentó.
Al trasladar las competencias a la Fundación Deporte Uruguay se da “cumplimiento estricto a lo que establece el Código Mundial Antidopaje”, explicó Irurueta.
Los integrantes de los comités antidopajes serán, según el director de Deportes, “expertos educativos, disciplinarios terapéuticos, profesionales y deportistas”.
Los recursos humanos y técnicos para los controles los aportará el Ministerio de Turismo y Deporte que a su vez deberá recibir las comunicaciones sobre los resultados de dopaje positivos.