Ahora bien, es posible identificar una manera o una política de tratar al “otro” al “diferente” al “vulnerable” que está cada vez más globalizada. Este fenómeno no es nuevo, la criminología europea lo trata como el fenómeno del “enemigo cómodo” es decir descargar toda la furia de la persecución y el castigo penal, sobre el inmigrante, el pobre, el desocupado, y una larga lista de etc, que no responden a las características del “ciudadano ejemplar” auto generada. Este enemigo es cómodo en la medida que es fácilmente identificable y la actuación del sistema penal (policial, judicial) se basa en estereotipos, portación de antecedentes, ocupación de espacios públicos, desempleo, pobreza etc. etc. y no en parámetros de un sistema penal democrático.
Y bien, desafortunadamente también, en nuestro país nos encontramos ante ejemplos de modificaciones legales o prácticas policiales o judiciales en las que subyacen estas cuestiones. No hace mucho –en la anterior legislatura- el delito de usurpación fue modificado a iniciativa de diputados del departamento de Maldonado, que sin realizar valoraciones jurídicas, se puede afirmar que es una ley penal inconstitucional ya que puede ser “completada” gobiernos departamentales, y que tiende justamente e “eliminar” toda posibilidad de que alguien se atreva a ocupar un inmueble de cualquier modo, que verá agravada su pena si es en zona balnearia. ¿Es casual que la iniciativa provenga de Maldonado? , claro que no. El principal polo turístico del país, no puede permitir que se “ocupen” fincas, que se estropee el paisaje, que los “otros” deambulen por ahí. Pero este delito reformado fue además utilizado –conjuntamente con la ley de procedimientos policiales, ley de vagancia mendicidad y estados afines y algunas faltas del Código Penal- para iniciar procedimientos de diversa índole, basados en la “prevención del delito”. Se iniciaron procedimientos a personas que ocupaban espacios públicos por el delito de usurpación (en franca y violenta contradicción con lo que dice el delito mismo), por mendigar, por hacer malabares en los semáforos, o por molestar turistas.
En Buenos Aires, el gobierno de Macri también envió al legislativo porteño reformas al código contravencional de la Ciudad, tendiente a eliminar del paisaje urbano a los “trapitos” los cuidacoches, los malabaristas etc.
Esta tendencia que parece afianzarse a nivel mundial, ya sea con la propulsión de nuevas leyes, como el caso de Buenos Aires o Arizona contra el “enemigo cómodo”, o desempolvando viejas leyes que por su naturaleza de por sí son inconstitucionales como en Uruguay.
No se trata de negar los conflictos sociales, se trata de buscar la mejor herramienta para abordarlos.
El derecho penal decididamente no es el mejor instrumento para gestionar la conflictividad social, la utilización de los espacios públicos y la movilidad en los territorios, por el contrario, contribuye a generar más discriminación, más segregación, más estigmatización y más desigualdad.
Dr. Martín Fernández
Las opiniones vertidas en las columnas son responsabilidad de los autores y no reflejan necesariamente posiciones del Portal 180.