Ielsur

Todo adicto es un enfermo, todo enfermo es un objeto

El diputado Víctor Semproni presentó un proyecto de ley en el que se establece la posibilidad de internar compulsivamente a los “adictos” a cualquier droga, legal o ilegal. Según el mismo, una organización, cualquier familiar o un vecino podrían formular denuncia contra el “adicto” y así desencadenar un procedimiento judicial que podría terminar con su internación forzosa. La sentencia sería inapelable, es decir, no podría ser revisada por una instancia judicial superior. Además, se establece expresamente que la duración del tratamiento jamás tendrá un plazo máximo de duración.

Actualizado: 08 de agosto de 2010 —  Por: Ielsur

Por Diego Camaño Viera

Semproni explicó públicamente que su agrupación le “declaró la guerra” a todas las drogas y que su propuesta es una consecuencia de tal declaración. Dijo además que lo central del proyecto no es tanto el adicto sino los problemas que genera en su entorno, siendo uno muy preocupante el de la seguridad.

La primera reflexión es una expresión de deseo: ojalá que esta presentación sirva como un excelente ejemplo de lo que no hay que hacer en esta materia.

La iniciativa refleja una visión autoritaria del Estado con relación al derecho a la salud y se basa en una errónea interpretación del art.44 de la Constitución, que establece el “deber” de todo habitante de cuidar de su salud. Si bien resultan discutibles los alcances de este “deber” constitucional, de ninguna manera puede fundamentarse en este artículo una intervención coactiva del Estado.

Por otro lado, el proyecto evidencia desconocimiento sobre nuestra legislación. No toma en cuenta que la actual ley de estupefacientes prevé la posibilidad de internar compulsivamente al “toxicómano” desde el año 1974 y que los jueces jamás han echado mano a este artículo. Esto ha sucedido porque los magistrados no pueden erigirse en paladines de la “lucha contra los adictos” que Semproni pretende. Los jueces deben resolver conflictos de derechos, no son abanderados de una guerra.

Desconoce además, que cualquier tratamiento impuesto por la fuerza está condenado al fracaso. El individuo debe tener, ante todo, voluntad de superar la situación. Esto está comprobado desde hace, al menos, 50 años de práctica profesional. A menos que se considere al enfermo como un objeto, un cuerpo sobre el que cualquier práctica puede tener lugar.

Uno de los peores capítulos es el que habilita a denunciar adictos, para así activar el procedimiento judicial. ¡Qué buena forma de promover la conflictividad social! Sería arbitrario que una ley dividiera a los ciudadanos en dos categorías, “adictos” y “no-adictos”, estableciendo una clara supremacía de los últimos. Estos ciudadanos “puros” tendrían nada menos que la posibilidad de denunciar a los “impuros” y someterlos a la justicia, para que esta los declare “adictos”, y como consecuencia, les imponga una intervención “sanadora”.

Ante tal dislate cabe afirmar que la Constitución protege el derecho a la libertad de toda persona (art.7), lo cual incluye el derecho a elegir cuales sustancias consumir y cuales no. En otras palabras, existe un auténtico derecho constitucional a consumir drogas, sean estas legales o ilegales. Derecho constitucional que viene garantizado por la ley, ya que en el Uruguay no es delito consumir cualquier tipo de droga.

De ahí que en realidad toda persona tiene derecho a elegir ser “adicta”, y por tanto, ninguna consecuencia negativa puede derivarse de tal elección, que forma parte de las opciones que hacen al libre desarrollo de la personalidad. Declarar al adicto enfermo y habilitar una medida coactiva es, desde este punto de vista, una medida inconstitucional, por cuanto atenta contra el derecho a la libertad; es una forma de coartar la libertad de toda persona a elegir el consumo de sustancias, incluso aquellas que puedan causar una adicción, una enfermedad o incluso la propia muerte. ¿O mañana vamos a castigar la tentativa de suicidio porque el Estado tiene un “interés superior” en la vida humana, más allá de las elecciones personales?

Sólo desde una concepción autoritaria del Estado, una visión del individuo como súbdito y una pretensión moralista puede defenderse una iniciativa como la planteada. Por eso, no solamente le deseamos el mayor de los fracasos. Esperamos fervientemente que sea aplastada por todas las voces que –desde lo político, lo filosófico y lo técnico- indican que este no es el camino a seguir. Una vez más, un legislador aprovecha el momento político y mediático para plantear una iniciativa cuyas consecuencias serían desastrosas para la salud de los usuarios y también para la convivencia ciudadana.

Es que a Semproni no le preocupan los usuarios. Ha dicho claramente que lo importante son los problemas de seguridad que estos enfermos -él no habla de usuarios- generan. Entonces, en realidad la idea es encerrar a todos los enfermos que representan un peligro para la sociedad. Los primeros, los peores, los más peligrosos, son los enfermos de la pasta base. De los adictos al alcohol mejor ni hablar, es un tema que incomoda. Mucho menos, de los enfermos de los medicamentos controlados. Ahora bien, en esta lógica ¿qué medidas cabría tomar contra aquellos legisladores adictos que tanto daño le hacen al país? ¿También ellos deberían ser objeto del chaleco de fuerza?



Las opiniones vertidas en las columnas son responsabilidad de los autores y no reflejan necesariamente posiciones del Portal 180.