Gobierno reglamentó marihuana medicinal

El Poder Ejecutivo aprobó el decreto que regula la producción de marihuana medicinal y para investigación científica y que establece las condiciones de importación y exportación de esos productos.

Actualizado: 05 de febrero de 2015 —  Por: Redacción 180

Gobierno reglamentó marihuana medicinal

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"Se encuentra permitida la plantación, cultivo, cosecha, acopio y comercialización de cannabis psicoactivo y no psicoactivo para ser destinado, en forma exclusiva, a la investigación científica o a la elaboración de Especialidades Vegetales o Especialidades Farmacéuticas para uso medicinal", señala el decreto de la Presidencia.

El decreto establece que la investigación científica deberá ser autorizada por “el Ministerio de Salud Pública o el organismo competente a tal efecto” pero no aclara a qué organismo u organismos se refiere.

Los investigadores podrán producir su propio cannabis o comprarlo a los productores autorizados por el IRCCA (Instituto de Regulación y Control del Cannabis).

La marihuana medicinal podrá ser vendida en farmacias a personas que hayan recibido una “receta oficial” de prescripción médica. Los usuarios serán mayores de 18 años que quedarán registrados y no podrán comprar la sustancia durante 30 días.

El decreto también fija las condiciones en que se podrá importar y exportar desde Uruguay marihuana medicinal o con fines de investigación científica. También exonera el IMEBA (Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios) a todos los hechos generadores vinculados con estos productos.

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