Acuerdo sobre abuso de funciones destraba nuevo Código Penal

El Frente Amplio y el Partido Nacional llegaron este miércoles a un acuerdo en Diputados para modificar el delito de abuso de funciones del Código Penal. La Comisión de Constitución y Códigos aprobó un paquete de artículos del proyecto de nuevo Código Penal que incluye la modificación de ese delito.

Actualizado: 04 de diciembre de 2014 —  Por: Redacción 180

Acuerdo sobre abuso de funciones destraba nuevo Código Penal

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La propuesta original de los especialistas que redactaron el proyecto fue la anulación del artículo 162 del Código Penal. Finalmente se optó por modificarlo y agregar que el abuso de funciones tiene que incluir un beneficio económico indebido del funcionario público para sí mismo o para un tercero.

Según entienden los legisladores y la cátedra el problema con la redacción del código vigente desde 1934 es que no era explícita en la determinación de cuál es el delito.

El Artículo 162 del Código Penal dice que “el funcionario público que con abuso de su cargo, cometiere u ordenare cualquier acto arbitrario en perjuicio de la Administración o de los particulares, que no se hallare especialmente previsto en las disposiciones del Código, será castigado con prisión de tres a veinticuatro meses, e inhabilitación especial de dos a seis años”.

En la modificación que se aprobó en comisión este miércoles, se establece que cometerá abuso de funciones “el funcionario público que abusando de las funciones de su cargo, realice u omita un acto, en violación de la ley, con el fin de obtener un beneficio económico indebido para sí mismo o para un tercero, en perjuicio de la Administración, será castigado con tres meses de prisión a tres años de penitenciaría.”

Por los casos de Fernando Lorenzo, Fernando Calloia y Walter Zimmer, procesados por este delito en su redacción vigente, la discusión de este artículo se entreveró. En la cátedra hay varias visiones, no todos estaban de acuerdo en derogar y de hecho la modificación es con un trabajo de docentes del Instituto de Derecho Penal de la Facultad de Derecho.

La fundamentación del cambio en la redacción del artículo establece que “la redacción propuesta resulta claramente compatible con las normas ratificadas por Uruguay, y al mismo tiempo, revisa la redacción actual del art. 162, salvando las objeciones que tradicionalmente la doctrina penal ha planteado respecto de la existencia de una norma abierta que otorga una discrecionalidad al juez y facilita la judicialización de la política por temas que son de carácter administrativo”.

El nuevo código será votado la semana próxima en el plenario de la Cámara de Diputados y luego pasará al Senado, donde el compromiso también es votarlo antes de fin de año.

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