La Dirección de Investigaciones de la Jefatura de Policía de Tacuarembó llevó adelante una averiguación que terminó con el procesamiento con prisión de cuatro personas que pagaron a menores de edad por relaciones sexuales.
Según informa el auto de procesamiento, varias adolescentes internadas en un hogar del INAU, de entre 14 y 17 años, se fugaron en reiteradas ocasiones, en "salidas no acordadas", hasta la terminal de ómnibus local donde se juntaban con maleteros de la parada de taxis.
"Algunas de las menores tenían relaciones sentimentales no demasiado estables" con ellos, detalla el fallo.
Allí dos adolescentes de 14 años entraron en contacto con taxistas que operan en el lugar y manifestaron "haber mantenido contacto sexual con alguno de ellos a cambio de dinero".
Las jóvenes relataron que uno de los taxistas las llevó a una zona apartada y mantuvo relaciones sexuales con una de ellas adentro del coche, mientras la otra esperaba afuera.
Al terminar le pagó $200.
Otro de los acusados es un hombre de 51 años que "mantenía contacto sexual" con una menor de 17 años también a cambio de dinero.
Además, el hombre declaró "haber ayudado algunas veces con dinero para los pañales de sus hijos así como haberle enviado al Hogar Femenino, por intermedio de otra interna, yogurt, galletitas, cigarros y alfajores".
Un tercer caso tuvo lugar en un centro Caif de Santa Isabel.
Dos adolescentes se encontraron con el sereno del lugar de 44 años, que ya conocían y quien llamó por teléfono a un amigo para que fuera.
Los dos hombres declararon "que esa noche mantuvieron relaciones sexuales con las adolescentes" y les pagaron $150 y $100 "para una hamburguesa".
El contacto con las jóvenes continuó, pero por fuera del Centro ya que el acusado renunció porque "había llegado a conocimiento de sus responsables la presencia de menores de edad en la noche".
"Les dieron de comer y luego mantuvieron relaciones sexuales tal como había ocurrido la vez anterior", esta vez les pagaron $120 y $50, relata el auto de procesamiento.
Así es que en todos los casos los hombres fueron procesados con prisión por "pagar o dar a cambio una ventaja económica o de otra naturaleza a persona menor de edad o incapaz de cualquier sexo, para que ejecute actos sexuales o eróticos de cualquier tipo", según la ley 17.
815.
"No pudo determinarse que los jóvenes que desarrollan la actividad de maleteros en la Terminal de Ómnibus ofrecieran a terceros contactos sexuales con las adolescentes, sino que eran las propias menores quienes decidían con quién mantenían los encuentros", aclara el fallo.
Actualizado: 04 de agosto de 2014 — Por: Redacción 180

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