Proponen derogar crímenes pasionales

El Código Penal uruguayo todavía contempla los crímenes pasionales en su artículo 36. En el nuevo código a estudio del Parlamento se propone su eliminación y ahora una diputada propuso derogarlo. Los especialistas dicen que no se aplica, pero coinciden en que se debe eliminar.

Actualizado: 26 de noviembre de 2013 —  Por: Redacción 180

Proponen derogar crímenes pasionales

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La diputada colorada Graciela Matiaude presentó un proyecto de ley para derogar el artículo 36 del Código Penal vigente. Allí se establece que "la pasión provocada por el adulterio faculta al Juez para exonerar de pena por los delitos de homicidio y de lesiones".

Este artículo contempla los casos en que "el delito se cometa por el cónyuge que sorprendiera infraganti al otro cónyuge y que se efectúe o contra el amante" o "que el autor tuviera buenos antecedentes y que la oportunidad para cometer el delito no hubiera sido provocada o simplemente facilitada, mediando conocimiento anterior de la infidelidad conyugal".

En el proyecto propuesto por la diputada se propone derogar ese artículo.

En el nuevo Código Penal, que está siendo discutido en Diputados, se contempla la eliminación de este artículo.

El actual ministro del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, el ex juez Dardo Preza, dijo a No toquen nada que este artículo no se aplica en la práctica. "Estuve de juez en primera instancia penal ocho años y después 23 años en segunda instancia. Nunca vi aplicarlo. Por lo tanto, me parece bien la iniciativa que promovieron los miembros de la comisión de reforma del Código Penal para eliminar esta previsión. Si usted me pregunta si tiene sentido mantener hoy día este instituto, le digo que no. Va en contramarcha de los valores que imperan en el 2013, que no son los propios de 1934 que eran los que imperaban cuando se sancionó el Código Penal", dijo.