La Cámara de Diputados discutirá este miércoles un proyecto de ley que establece la responsabilidad del empleador cuando incumple con las normas de seguridad y salud en el trabajo en caso de accidentes.
El primer proyecto se presentó en 2011 y fue analizado por los actores involucrados. Luego se modificó y se alcanzó la versión que se aprobará solo con votos del oficialismo. Las cámara empresariales han rechazado todas las iniciativas.
En su artículo primero se afirma que "el empleador, o en su caso, quien ejerciendo efectivamente en su nombre el poder de dirección en la empresa, no adoptaren los medios de resguardo y seguridad laboral previstos en la ley y su reglamentación, de forma que pongan en peligro grave y concreto, la vida, la salud o la integridad física del trabajador, serán castigados con dos meses de prisión a dos años de penitenciaría".
El informe del Frente Amplio en Comisión de legislación en el trabajo, el diputado Luis Puig resaltó que "existe una crónica roja en el país que pasa desapercibida. En Uruguay muere un trabajador por semana en accidentes de trabajo y cada dos días un trabajador queda con una discapacidad permanente, son más de 50.000 los accidentes anuales de diferente gravedad en las distintas áreas de actividad".
"La mayor parte de accidentes graves son en el medio rural, donde la fiscalización tiene más dificultades, donde el respeto a los derechos de los trabajadores y las leyes son en muchos casos desconocidos", agregó.
El proyecto de tres artículos, según el oficialismo, tiene como objetivo central la "protección de la vida, la salud y la integridad física de los trabajadores aunque las cámaras dijeron que nuestra intención era poblar las cárceles de empresarios, y esto no es así". "Este proyecto tipifica el peligro grave y concreto para la vida, la salud o la integridad del trabajador, por ejemplo si a alguien se lo obliga a trabajar en altura sin cinto de seguridad, sin mecanismos de protección, en ese caso se está generando una situación de peligro grave y concreto. El objetivo es generar una conciencia de prevención del delito, nadie puede pensar que en Inglaterra, España o Italia, hay una larga fila de empleadores esperando para ir presos, no. Lo que se ha avanzado es en mecanismos de protección de la vida", explicó Luis Puig.
El proyecto tiene el respaldo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
En su artículo segundo, se establece que "si hubiera mediado dolo o culpa grave del empleador en el incumplimiento de normas sobre seguridad y prevención, éste deberá reparar integralmente el daño causado, en todo cuanto no hubiere sido cubierto por el seguro de conformidad con las disposiciones de la presente ley. En este caso además, el Banco excluirá el siniestro y recuperará los gastos generados por la asistencia médica prestada y las sumas de dinero necesarias para atender la totalidad de las indemnizaciones previstas en la presente ley".
"Constatado el dolo o la culpa grave del empleador en el accidente del trabajo o enfermedad profesional, los funcionarios actuantes del Banco de Seguros del Estado deberán dar cuenta de tal circunstancia al Inspector General del Trabajo y de la Seguridad Social, quien deberá bajo su estricta responsabilidad funcional, denunciar ante el Juzgado competente en materia penal, los hechos que configuren un presunto delito contra la vida o la integridad física de los trabajadores, con remisión de testimonio de los antecedentes administrativos disponibles", agregó.
En su informe en minoría, Fernando Amado, del Partido Colorado afirmó que coincide con la finalidad del proyecto y consideró que el mecanismo puede "co-ayudar en la prevención". "Sin perjuicio de ello, una desmedida ideologización del proyecto ha hecho que no fuera posible llegar a una ley justa y equilibrada", sostuvo.
"Me opongo firme y definitivamente a que el Poder Ejecutivo tenga el poder de determinar que es delito. Con la redacción actual, será el Poder Ejecutivo a través de sus decretos o reglamentos del propio MTSS que establecerán que es delito y que no. Es inaceptable que los ciudadanos deban soportar una carga penal por la integración que realizará el Ejecutivo", cuestionó.
El Partido Colorado proponía un proyecto de artículo único, donde se establecía que "el que estando obligado, no adoptare los medios de resguardo y seguridad laboral previstos en la ley, de forma que ponga en peligro grave y concreto, la vida, la salud o la integridad física del trabajador, será castigado con dos meses de prisión a dos años de penitenciaría".
Pablo Abdala, diputado del Partido Nacional, propuso un proyecto en el mismo sentido y afirmó que la iniciativa que se votará promueve una solución penal genérica que "podría ser generadora de injusticias y afectar negativamente las relaciones laborales. La misma consiste, en su aspecto medular, en la creación de un 'delito de peligro', en el que incurrirían todos los empleadores que presuntamente no cumplan con las normas laborales en vigencia".