Su reglamentación debía estar lista para el 6 de julio porque así se estableció en la propia ley, pero no se llegará con los tiempos porque el Congreso de Intendentes pidió una prórroga de 90 días para analizar las sanciones. Las multas propuestas en la reglamentación, a la que accedió No toquen nada, oscilan entre los 326,5 pesos (0,5 UR) y los 3265 pesos (5UR). Estas sanciones son sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que se establecen en el Reglamento Nacional de Circulación vial.
Ley 19.061 que complementa la ley de Tránsito fue votada por unanimidad. La mayor discusión se dio con el transporte de pasajeros de pie en transporte colectivo de media y larga distancia. Finalmente, en la reglamentación se propone que sean seis personas por metro cuadrado.
El viernes la Fundación Gonzalo Rodríguez presentó su campaña -"Usar silla es ley"- que tiene como objetivo promover el uso de los Sistemas de Retención Infantil a nivel nacional al amparo de esta ley. La campaña cuenta con el apoyo del Banco Mundial y Unidad Nacional de Seguridad Vial. Será difundida a través de televisión, radio, vía pública e internet. Además cuenta con el apoyo de los intendentes, que también están trabajando en la reglamentación de esta ley.
Rosa Gallego, directora Ejecutiva de la fundación, dijo que esto es parte de un aprendizaje de lo que pasó con la ley de tránsito, que no generó la misma adhesión en todos los departamentos. "Recibimos la comunicación de parte del Congreso de apoyo a esta campaña, es una movida que recoge lecciones aprendidas de leyes anteriores en materia de tránsito, en este caso específico en relación a los niños, que creemos que va a generar un nivel de adhesión diferente al que hemos podido tener hasta ahora y que va a promover que el nivel de acatamiento sea diferente. Eso es a lo que apostamos con este trabajo conjunto", afirmó.
Las sanciones
La multa de 326,5 pesos (0,5 UR) se pagará por no usar chaleco o bandas retrorreflectivas reglamentarias y carecer de banda retro-reflectiva visible desde atrás cuando existe elemento que impide parcial o totalmente la visión de la parte posterior del conductor o acompañante
También tendrá la misma sanción que la bicicleta, moto, o similar que no cuente con: espejo, freno, timbre, sistema lumínico (faro de luz blanca o reflectante blanco delantero, faro de luz roja y reflectante trasero, dispositivos retro-reflectantes en ruedas, bandas en pedales, etc).
Habrá una sanción de 653 pesos (1 UR) para quienes transporten un niño o adolescente menor de hasta 12 años en ciclomotor, motos, etc, que no alcancen los posapies, que el conductor de la bicicleta no use casco protector de seguridad reglamentario y usar bicicletas destinadas a competencias deportivas en la vía pública en condiciones antirreglamentarias.
También circular en vehículo automotor sin maletín de primeros auxilios y seguridad vial o con elementos faltantes.
Pagarán 1.306 pesos (2 UR) quienes transporten niños u adolescentes sin SRI, los que no cuenten con cinturones de seguridad por cada asiento en servicios de transporte colectivo de pasajeros de mediana, larga distancia u ocasionales y los que transporten personas sin usar cinturón de seguridad. También aquellos que transporten pasajeros de pie en recorridos prohibidos (2 UR por persona transportada) y los que circulen con niños de hasta 12 años y menores de 18 años que miden menos de 1,50 metros en el asiento delantero o lo hagan hablando por celular empleando las manos.
Tendrá una sanción de 2.612 pesos (4 UR) transportar personas en caja de camiones sin sujeción y tendrá una sanción de 3.265 pesos (5 UR) vender motos o similares sin empadronamiento, sin casco certificado -que además debe contar con la validación reglamentaria y estar certificado.
Para los comerciantes, la venta de bicicletas sin elementos de seguridad que tiene una pena de 9.795 pesos (15 UR).