El proyecto plantea regular la producción y el expendio de marihuana para uso recreativo con la participación de las farmacias en la venta. También incluye el autocultivo y los clubes de membresía.
El proyecto plantea levantar la prohibición del cultivo de cannabis con fines de investigación científica y elaboración de productos terapéuticos, de variedades no psicoactivas con destino industrial, en caso de autocultivo para consumo personal y en clubes de membresía con un mínimo de 15 y un máximo de 45 socios y 99 plantas.
Las farmacias deberán estar habilitadas para vender marihuana y habrá un registro de usuarios que el Poder Ejecutivo deberá reglamentar. Ese registro incluirá a los compradores de marihuana para uso personal con un máximo de 40 gramos al mes.
Ya no se podrá procesar en la justicia penal a personas que sean detenidas en posesión de menos de 40 gramos de marihuana y en caso de serlo deberá ser con arreglo a las reglas de la sana crítica, ya no de la convicción moral del juez.
Además habrá políticas específicas de salud, educación y difusión de información sobre uso problemático de drogas. Estará prohibida la publicidad, las restricciones para el consumo en espacios públicos serán las mismas que para el tabaco y no se podrá conducir vehículos bajo los efectos del cannabis.
Los menores de 18 años e incapaces no podrán acceder a cannabis para uso recreativo.
El proyecto de ley crea el Instituto de Control y Regulación del Cannabis, encargado de regular, fiscalizar el cumplimiento y aplicar sanciones en el nuevo régimen. La Junta directiva estará presidida por un representante de la Seretaría Nacional de Drogas e integrada por un representante del Ministerio de Ganadería, otro de Desarrollo Social y otro de Salud Pública.