¿Hasta dónde pueden llegar las coberturas policiales?

Los tres canales privados fueron demandados por 750.000 dólares cada uno a raíz de la cobertura de la muerte de una bebé de 20 meses en 2009. La niña murió por una infección pulmonar. Ellos informaron, con toda clase de adjetivos, que había sido víctima de violación. El abogado de la familia explicó la demanda.

Actualizado: 20 de mayo de 2012 —  Por: Redacción 180

¿Hasta dónde pueden llegar las coberturas policiales?

Sin datos (Todos los derechos reservados)

Entrevista de Joel Rosenberg con el abogado Nicolás Pereyra, emitada en No toquen nada (Océano FM)

Se presentó una demanda civil contra los canales de televisión 4, 10 y 12, por la cobertura que realizaron del caso de una bebé de 10 meses que murió en setiembre del 2009. La historia se contó en los informativos de televisión como un caso de violación y no lo fue, fue una infección pulmonar. En ese momento, periodistas de varios medios acusaron al padre y al tío como posibles responsables. No toquen nada accedió a la demanda de los medios y a los periodistas, estuvo leyendo el material que tiene la demanda, y en el día de hoy la intención es entrevistar al abogado Nicolás Pereyra, que está al frente y que representa a la familia. La demanda repasa la cobertura de esos días y sostiene que los medios informaron falsedades y dañaron la reputación de la familia de la niña.

Joel Rosenberg: Pereyra usted inició la demanda como integrante del estudio Leiva & Pereyra. Esta demanda es contra los medios pero hay dos anteriores que quizás brevemente podemos repasar. ¿En qué está cada una de ellas?

Nicolás Pereyra: Efectivamente. Ese día hubo violaciones por parte de dos organismos públicos. Primero, el Ministerio del Interior, al permitir el acceso de mis representados, mis defendidos, a la prensa. No hicieron nada cuando en realidad tendrían que haber prohibido el acceso de la prensa. Ellos tienen obligaciones a respetar y a hacer todo lo posible para que el estado de incomunicación de los detenidos sea eso, los detenidos no pueden comunicarse con nadie y menos con la prensa. Permitieron que la prensa accediera a ellos, inclusive la acción de la prensa los llevó a confundir en cierta manera, porque se comunicaron con alguien antes de declarar en el juzgado. O sea, la declaración de ellos pudo haber sido influida por la acción de los medios. En segundo lugar, tenemos la demanda contra el Ministerio de Salud Pública por el dictamen de muerte violenta y violación que, a nuestro entender, fue a causa de un error profesional inexcusable de la médica de ASSE que confundió semen con crema de eritema de pañal y no tuvo en cuenta que cuando la bebé llega ya estaba muerta, y tenía una dilatación anal, eso es común a todos los fenómenos cadavéricos.

¿Qué pasó esa mañana? Mucho más allá de lo que pueda ser la cobertura de los medios, trágica porque es la muerte de una pequeña bebé para una familia. ¿Qué fue lo primero que sucedió?

Bueno, lo primero que sucedió ese día fue la constatación de que la bebé tenía dificultades respiratorias, no respiraba, y lo que hace es llamar al 911, la línea de emergencia que habilitó el Ministerio del Interior.

El 16 de junio del 2009, a las 10 y media de la mañana.

Luego, el 911 envía un patrullero a la casa de la familia. Este patrullero traslada tanto a la madre como a la bebita a la clínica de ASSE, creo que se llama “Centro Badano Repetto”, en Capitán Tula, Piedras Blancas, y allí la bebita es vista por la médica y allí es que empieza todo este calvario.

Claro, porque esa información de la doctora se filtra rápidamente a la policía que a su vez, de alguna manera, la hace llegar a los periodistas. ¿Hubo ahí un parte policial escrito o fue la policía que comentó ahí a la salida a los periodistas? ¿Hay algo escrito por parte del Ministerio del Interior?

El Ministerio del Interior difundió el parte policial pero lo difundió después. A mí modo de entender, no tenemos muchos elementos como para comprobarlo, los cronistas policiales escucharon la radio de los patrulleros.

Vale decir que todos tienen la radio. Ahora querían cambiarle frecuencia pero la tienen hace mil años.

Aparte esa frecuencia no tiene clave, o sea, no es una frecuencia que tenga encriptación, por lo cual pueden acceder todos los periodistas. Y efectivamente eso fue lo que pasó. Ya cuando estaba la madre y la nenita, inclusive antes de que llegara el padre, ya estaban presentes todos los medios de los canales privados allí en la policlínica de Capitán Tula. Canal 4, 10 y 12.

No había llegado el padre.

Ni siquiera había llegado el padre todavía.

Y allí se da lo que ahora vamos a repasar que es la salida de ellos con una especie de interrogatorio que realizan los periodistas. Pero esto decían a la noche los informativos de televisión cuando abrían ese 16 de junio su sección de la noche.

Fernando Vilar: Señores, comenzamos con una noticia realmente horrenda. Uno no encuentra palabras para compartirlas con ustedes. Una beba de 10 meses nada más, 10 meses, habría sido asesinada tras ser sometida a un abuso sexual. Fue en su propia casa del barrio 1º de Mayo. Están detenidos el padre, la madre y un tío de la bebé.

Jorge Traverso: Es un día fatal, ¿eh? Una beba de 10 meses falleció mientras recibía asistencia médica en una policlínica de Piedras Blancas. Los médicos que la atendieron constataron signos de violencia y abuso.

Aldo Silva: Vamos a comenzar por este tema que está conmocionando la opinión pública en nuestro país. Estamos hablando del caso de violación y muerte de una beba de 11 meses. La madre y su cuñado acusaron en la policía al padre de la pequeña, que es un soldado de 38 años.

Ahí vemos algunos condicionales pero no todos.

El de Canal 12 no.

El de Canal 12 no tenía condicional en ese arranque. Esto pasaba a la noche. ¿Por qué? Porque en esa mañana fue la información que recibieron y a lo largo del día se quedaron con esa información.

Sí.

Decías que después hubo un parte policial, tardío, que más o menos decía lo mismo que habían dicho los policías en la radio.

Sí, exacto. Inclusive en el juicio que tenemos ahora contra ASSE, la familia contra ASSE, sorprendentemente ASSE niega que haya existido ese dictamen por parte de la doctora. Ellos ahora acusan al Ministerio del Interior, los policías que estaban allí presentes, puntualmente los dos que fueron en el patrullero, como las personas que encendieron el fósforo para la hoguera que ocurrió después.

Escuchemos lo que decía el informe de canal 10 esa noche, para entender un poco más o menos por dónde iban los cronistas.

Una beba de tan solo 10 meses murió en una vivienda de Piedras Blancas y la policía comprobó que fue violada. En principio se creyó que se trataba de un nuevo caso de muerte súbita, pero la pediatra revisó a la niña y encontró signos muy claros de violación. Dio cuenta a la policía, efectivos de la Seccional 17 detuvieron a la madre de la menor, al padre y al tío de la criatura. El tío tiene 36 años, no tiene antecedentes penales y vive en la misma casa. El padre de la menor tiene 37 años y es un militar en actividad. La madre tiene 28 años. El matrimonio tiene otras dos hijas de seis y ocho años. Una vez que el juez Fernández Lechini se enteró de lo sucedido, ordenó que las dos menores fueran internadas en el Hospital Pereira Rossell porque se estima que también fueron víctimas de abuso. Según supo la policía, aparentemente el hombre abusaba de sus otras dos hijas de seis y ocho años.

Este punto de las otras dos hijas no es menor. En la demanda se dice que las mostraron, incluso, en uno de los informativos sin pixelar. O sea, mostraron a las otras dos hijas que iban para ser estudiadas, a ver si habían tenido algún abuso sexual, obviamente una situación trágica, había muerto una hermanita menor, pero fueron mostradas en el informativo también.

Sí, las filman. Desde que las encuentran, van escoltadas por dos policías. Dicen la edad. Allí vemos que surgen varios elementos individualizadores ya de mis clientes.

Sí, ustedes ponen en la demanda que se mostró en todos los canales la cédula de identidad de la bebé, con todos los nombres, Caterin Jazmín Velázquez Freire, dando a conocer sus dos apellidos de forma que los televidentes pudieran averiguar los apellidos de los comparecientes, apareció un primer plano de la fachada de su domicilio y aparecen también las otras dos hijas.

Sí, sin duda, lo cual atenta contra cualquier ética periodística, mostrar un menor en cámara.

Vamos a entender por qué la demanda a algunos periodistas también. Porque esta demanda es contra tres canales pero después se nombra a tres periodistas que son los que hacen la cobertura de esos hechos. Bueno, algunos ya no trabajan en ese canal o no trabajan en la televisión. Jean Georges Almendras no está trabajando actualmente en el 4, estaba en su momento; Nazario Sampayo sí sigue en Canal 12; y el otro periodista, si no me equivoco, Santiago Bernaola, estaba en el 10 pero ahora es periodista de Canal 4.

Escuchemos uno de esos interrogatorios que se realizaron y después nos explica el abogado por qué la demanda también a los periodistas.

_ ¿Tú sabés algo?

_ No sé nada. Pero quiero al culpable, que lo agarren, porque la verdad no se merece una criatura que le hagan eso.

_ ¿Creés que puede ser tu hermano?

_ Hay que buscar el culpable. Si necesitan un ADN que lo hagan.

_ ¿Cree que fue su esposo?

_ Sí, capaz que sí.

_ ¿Él había quedado solo con la nena o algo?

_ No.

_ ¿Ustedes tenían una vida común, normal?

_ Sí, una vida normal, como toda pareja.

_ ¿Y la bebita es hija de él?

_ Sí, es hija de él.

_ Y en el caso de que se compruebe, ¿usted qué piensa, señora?

_Justicia, que vaya a la cárcel si es él, nada más.

_ ¿Usted lo piensa acusar en el juzgado?

_ Si es él, sí.

Acá está esta especie de interrogatorio que se realiza. Pregunta un oyente: “¿El periodista preguntó qué pruebas tiene para probar su inocencia? ¿Hay que probar la inocencia?”. Ese es uno de los puntos también que está en la demanda, ¿no?

Sí, sin duda que la pregunta parece aberrante en tanto la inocencia solamente hay demostrarla ante la justicia y no ante la población, ante la teleaudiencia. Yo te quería explicar un poco por qué se hace no solo la demanda a los periodistas sino también a los medios. Esta demanda es enfocada desde el punto de vista de la responsabilidad civil. ¿Dónde está el límite de lo que se puede informar? ¿Hasta dónde pueden ir los medios en las crónicas policiales que informan? Esto ya se convirtió en una verdadera competencia entre los canales, es un negocio rentable los medios, y cada uno hace lo que ellos creen posible para competir con los demás. Siguiendo con el tema, la demanda contra los medios se hace por responsabilidad porque a nuestro entender hubo un verdadero abuso en el derecho de informar. En nuestro sistema, el artículo 29 de la Constitución consagra la libertad de expresión absoluta. Es un sistema sin censura previa. Los daños que se cometen por parte de los canales son productos de acciones de responsabilidad civil promovidas por las personas a las cuales se daña mediante las informaciones que ellos tiran al aire. En este caso, todos sabemos que los canales son personas jurídicas, son entidades ideales. El daño en este caso es generado por personas físicas que son los periodistas y puntualmente también los periodistas que armaron todas estas notas, personal que tenía decisión en armar esa nota, y efectivamente son esos periodistas. Quizás estemos olvidándonos de alguien, pero ellos eran la cara visible, los que dieron la idea, y a su vez esos mismos periodistas nunca hablaron en condicional. Afirmaron lo que no podían haber afirmado en tanto mis clientes estaban recién siendo investigados por la policía y luego por la justicia.

Bien, ahora vamos a ver exactamente de cuánto es la demanda y por qué ese monto elegido en este caso por el abogado que representa a la familia.

Quería terminar también diciendo que uno de los periodistas, más allá de hacer preguntas aberrantes que no correspondían, ya hablamos de lo que era el principio de inocencia y probarlo ante la justicia, va inclusive más allá de esto intentando confundir a mis clientes. En uno de los audios uno de ellos le dice “mirá que los otros están diciendo tal cosa de vos”. Le dice al padre de la bebita que el tío y su esposa, madre de la bebé, que lo estaban acusando de que era él el que había efectuado la violación y el asesinato. Esto ya va más allá, supera lo que es la ética periodística y profesional de un medio de prensa. En parte es por eso que se los demanda.

Hace una pregunta acá Gustavo Morales: ¿Por qué se realiza contra el Estado, ASSE y Ministerio y no contra las personas participantes de las acciones? Hay otras dos demandas, hay que decirlo.

Sí, en realidad, el Ministerio del Interior ya sancionó, o sea, no nos corresponde a nosotros pretender que la justicia sancione administrativamente a esos dependientes. Independientemente de esto, eso ocurrió. Los sancionaron, esa prueba consta en el expediente contra el Ministerio del Interior pero esa sanción más bien fue un adorno en realidad, porque luego nos dimos cuenta que esos policías en realidad fueron promovidos inclusive.

O sea que fue una sanción temporal y chica. A ver, al día siguiente de todo esto que escuchamos en los informativos, que los canales tomaron el caso como un caso de violación y asesinato del padre, aparecía el juez Fernández Lechini, decía que “no hubo violación. El informe forense lo dijo así”. El siguiente es el diálogo que tuvo con la prensa.

¿Qué le pasó a la bebé?

Un problema cardio-respiratorio y nada más que eso.

¿El semen impuesto que tenía en la parte anal?

No se trataba de semen.

¿Qué va a pasar con la pediatra que sí dictaminó que había sido violación?

Yo no tengo conocimiento de que ella haya dictaminado eso, yo creo que ella hizo la denuncia por las dudas de si había un problema de estos, pero el que tiene que confirmar es el médico forense y confirmó que no era. Lo que pasa es que antes de confirmar mediáticamente que se trata de una violación, hay que oír al médico forense. Esto creo que no debió manejarse ayer.

Bueno, así lo decía Fernández Lechini, “no debió manejarse ayer”. Pero también en su momento hubo una entrevista al forense Guillermo López que participó y que fue el que dictaminó que no hubo violación. Él también lo explicó a modo de clase para todos nosotros, los periodistas, de cómo manejar ciertos temas.

La niña no presentaba lesiones genitales. Lo único que sí había, que la médico había obtenido, era una sustancia pegajosa de color blanquecino amarillento, de una consistencia muy firme, que no se condice con la consistencia de un semen. Y si me decís “no hay nada”, ¿entonces podés inferir que hay un daño solamente porque encontraste una crema? Mandá a analizar eso, decís “tome muestra de esto” y “esto es sospechoso” pero nunca asegurarlo. Llevado el cuerpo a la morgue se observa la indemnidad tanto del himen como de la región anal. Y que lo otro daba la impresión, por supuesto que se mandó a analizar, daba la impresión de que era crema porque la niña era portadora de un eritema de pañal. Había que explicar la causa de muerte, por qué murió. Los pulmones, que estaban pesados, edematisados, con una gran sobrecarga sanguínea, congestivos, por lo tanto, más el aspecto que tenían, podés decir que tiene una infección respiratoria. Esa es la verdadera causa de muerte: insuficiencia respiratoria aguda debido a una infección pulmonar bilateral.

Bien, escuchábamos al juez y escuchábamos al forense ese mismo día negando absolutamente la versión que había salido el día anterior. Después había, y ustedes lo incluyen en la demanda, cuál fue la respuesta de los medios ante la información de la justicia, que no conformó para usted.

Exacto. Para nosotros en realidad ni siquiera fue una respuesta, porque si bien se dijo que eran inocentes, allí vimos en el audio de la periodista Levrero con Lechini que en todo momento se los está intentando perjudicar. O sea, la justicia dijo que son inocentes y esta periodista le pregunta sobre si hubo negligencia o no por parte de los padres en el tema de la muerte por infección pulmonar. Esa respuesta para nosotros está totalmente viciada. Y además, el daño a esta altura que están sufriendo mis clientes es incontestable, es inconmensurable. La gente, cuando se manejan estas informaciones, cuando se difunden partes policiales como si fueran verdaderas sentencias de condena, toma por verdadero lo que ve en la televisión. Ellos ya son culpables.

Sí, de hecho en el barrio saquearon su casa y la rompieron. Las cosas que había dentro las robaron.

Fueron víctimas de robos y de saqueos y obviamente todos los días van a tener que vivir con este estigma encima de ellos.

Y en sus trabajos también. Ustedes ponen en la demanda los problemas psicológicos que han tenido, como que les ha costado reincorporarse a la vida. Uno como militar, otro en la construcción.

Es un daño a la vida social de estas personas, a la vida de relación como se le llama jurídicamente, que ya ninguna respuesta va a ser posible para volver todo hacia atrás.

Una pregunta puede ser: ¿por qué no piden un derecho a réplica, a respuesta, de los canales?

Primero que nada, legalmente ya es imposible que haya una respuesta, porque el plazo yo creo que eran 90 días. Y cuando a nosotros nos llega el caso, ese plazo ya estaba totalmente perimido. Pero independientemente de eso nosotros creemos que la respuesta no es suficiente. Por eso pedimos una indemnización del daño que estas personas están sufriendo.

¿Por qué se pide una indemnización de 750.000 dólares a cada canal? ¿De dónde sale ese monto?

El monto tiene que ver, primero que nada no hay un marco legal que nosotros podamos utilizar para calcular ese monto. No hay una especie de tabla de que yo tengo un accidente y quedo minusválido son 200.000 dólares, o la muerte de un hijo no se tasa. Lo que sí hay son criterios jurisprudenciales y circunstancias de hecho que nos hacen llegar a ese número. En este caso, tiene que ver el número de reclamantes, la edad de reclamantes, la posibilidad de difusión que tuvo todo esto, debemos recordar que esto se trató de la primera noticia en los tres informativos de aire de los canales privados. Ni siquiera pusieron una noticia política primero. Y bueno, entonces, tomando en cuenta esas pautas, decidimos que esa cifra es la que se precisa para indemnizarlos civilmente, cosa que es totalmente legítima.

La demanda se presentó el 27 de abril. ¿Qué instancia es la que sigue ahora? ¿Una instancia de mediación?

La instancia de mediación, independientemente de que nuestro sistema procesal civil aboga por que las partes siempre puedan conciliar, inclusive se puede conciliar hasta después de la sentencia. Pero cuando llevamos a los canales, porque hay una instancia de conciliación que es previa y es ineludible, por parte de los canales 10 y 12 ni siquiera tuvimos la oportunidad de hablar con los abogados. Los abogados llegaron apurados. A veces pasa eso en las audiencias de conciliación, que como son tantas, cuando se sabe que las partes no van a conciliar viene la funcionaria administrativa y te dice “bueno, elaboremos el acta”. Esto fue lo que pasó con los canales 10 y 12. Con el Canal 4 tuvimos por lo menos la oportunidad de hablar con el abogado y este ofreció por lo menos una respuesta. Ofreció una respuesta, pero obviamente que no era suficiente para nosotros para poder solucionar el daño que están teniendo estas personas