En la ley 18.651 se le encomendaba a la Comisión elaborar el proyecto de reglamentación. Luego de varios meses de trabajo el texto fue terminado y ahora quien decidirá qué hacer con él es el Ejecutivo. Esto implica cambiarlo, dejarlo como está o desecharlo. Hay varios puntos para abarcar con la reglamentación, ya que esta es una ley de 93 artículos, con varios capítulos.
Como antecedente está lo que sucedió con la ley anterior de discapacidad, que estuvo 17 años sin ser reglamentada.
“Estuvimos trabajando durante varios meses con técnicos de la comisión y técnicos externos, junto a dos abogados administrativos que se contrataron para darle forma al proyecto. Reglamentamos algunos artículos de la ley y otros no, y en los que no lo hicimos fundamentamos el por qué”, explicó.
Della Gatta no quiso referirse al contenido del texto porque prefiere esperar a que se pronuncie el Ejecutivo.
En No toquen nada vimos algunos ejemplos del incumplimiento de esta norma a raíz de que no existe la reglamentación. Incluso el propio Estado no cumplió con la cuota del 4% de vacantes que deben ser llenadas por personas con discapacidad durante 2010.
Otro artículo que recibió reclamos fue el 25, que refiere a los asistentes personales. La ley establece que el BPS debe cumplir con esta prestación y tiene como cometidos, según la ley, registrar al beneficiario, administrar los recursos del programa y hacer efectivo el pago de las partidas. Nada de eso pasa hoy.