Valeria Rubino, del colectivo Ovejas Negras, explicó a 180 que la reforma no es solo para aprobar el matrimonio homosexual. “Lo vamos a reformar para todo el mundo, vamos a reformar el matrimonio en Uruguay”, dijo.
Rubino contó que el texto se llevó a todos los partidos políticos y tuvieron respuestas positivas de todos los partidos con representación parlamentaria, menos el Partido Independiente. El diputado del Movimiento de Participación Popular (MPP), Sebastián Sabini, fue quien se interesó y conversó con ellos para la elaboración conjunta. El texto fue presentado este lunes en la bancada del Espacio 609.
El proyecto de ley, al que tuvo acceso 180, propone en su artículo primero la “unión de dos contrayentes, cualquiera sea la identidad sexual u orientación sexual de estos”.
Sabini hizo la exposición de motivos y la parte jurídica y de redacción fue hecha por Michelle Suárez, integrante del colectivo Ovejas Negras y primera abogada transexual de Uruguay.
Según explicó Suárez a 180, el primer gran cambio que se propone es que todas las expresiones que en el Código Civil hablan de matrimonio y usan los términos “hombre y mujer”, “marido y mujer” o “esposo y esposa”, se sustituyen por términos ambiguos que no hacen una distinción de género. Lo demás se mantiene igual.
A mediados de julio del año pasado, Argentina se convirtió en el primer país de Latinoamérica en avalar el casamiento de personas del mismo sexo. Suárez con respecto a esto que a diferencia de ese proyecto, en éste no hay distinción entre parejas homosexuales y heterosexuales, porque eso es discriminar directamente en el proyecto.
Nuevos argumentos de divorcio
Más allá de reconocer la unión matrimonial de personas del mismo sexo, el proyecto también propone reformas que incluyen a los matrimonios heterosexuales.
En el proyecto se habla de dos nuevas causales de divorcio. Por un lado, que “por sola voluntad” de una de las partes se podrá solicitar el divorcio. Con el Código Civil actual, para que se lleve a cabo un divorcio debe existir algún fundamento, más allá de la voluntad de los cónyuges. Esta causal solo podrá ser aceptada después de los dos años de celebrada la unión.
El otro gran cambio es el “divorcio por cambio de género de uno de los contrayentes”. Suárez dijo que “puede ocurrir que una de las personas que esté en unión matrimonial cambie su sexo y el género era una cuestión importante para el otro cónyuge cuando contrajo matrimonio”.
Suárezn dijo que durante la elaboración se llegó a proponer que no sea necesario contemplar el cambio de sexo, ya que se podía considerar injuria. Pero la abogada aclar que, de ser así, se estaría obviando "un derecho inherente a todo ser humano" que es la libertad a elegir una orientación sexual. Por eso, finalmente se eligió contemplarlo de esta manera.
Hijos y apellidos
Actualmente, el Código Civil no reconoce responsabilidad con los hijos más allá del vínculo biológico. Según explicó Suárez, en el caso de las inseminaciones artificiales no existe regulación alguna. “En el caso de las mujeres lesbianas, una de ellas puede inseminarse, y en el caso de las heterosexuales, uno puede ser donante, pero el cónyugue que no tiene el lazo biológico con el hijo, en una situación de divorcio podría desligarse”.
La abogada dijo que acá se propone una solución. “La persona que acompaña los procesos inseminatorios, cuando lo inscribe, acepta expresamente que con ese hijo no tiene un lazo biológico, pero de igual manera se compromete porque lo quiere como si fuera así. Esto es para que el día de mañana no pueda desligarse de las obligaciones que lo unen con ese niño que eligieron tener en común.”, sostuvo.
El proyecto también habla de cambios en el orden de los apellidos. “Todo hijo biológico o adoptivo cuyos padres estén bajo unión matrimonial o fuera de ésta llevaran los apellidos de ambos en el orden que los mismos establezcan. En caso contrario, se regirán por un orden aleatorio determinado por sorteo en el momento de la inscripción, considerándose cualquier norma que establezca lo contrario expresamente derogada”, se escribe.
Suárez señaló que ocurre una cuestión lógica que lleva a este cambio. “A partir de que tenemos a dos mamás o dos papás, no podemos seguir estableciendo por ley que primero va el apellido del papá y después el de la mamá. Sinceramente, eso violenta todo el espíritu de lo que quiere consagrar la norma. Entonces se permite que todos aquellos que quieran mantener la tradición de poner primero el apellido del papá y después el de la mamá, pueden hacerlo, y se establece que la pareja pueda decir por su libre albedrío”, señaló.
Pasado y futuro
En los últimos cinco años, Uruguay hay trabajado en las leyes de adopción y la unión concubinaria. Suárez dijo que la evaluación que hacen es positiva, porque en el caso del concubinato se vino a dar un amparo a algo que antes no existía. En la exposición de motivos del proyecto se expresa que “las parejas homosexuales están en inferioridad de condiciones frente a las parejas heterosexuales, que pueden acceder tanto a la unión concubinaria como al matrimonio”.
Suárez marcó que en el caso del concubinato se debe comprobar que hubo convivencia durante cinco años con apariencia de matrimonio. Eso se debe probar ante un tribunal, con la presencia de abogados. “Ampliar las esferas individuales de derechos no solo afecta a los directamente involucrados, sino que además afecta a los indirectamente involucrados, porque al tener un sociedad más justa y más igualitaria, hace que todos convivamos en una sociedad mejor, que está evolucionando”, afirmó.
Sabini dijo a 180 que el proyecto fue bien recibido por los demás legisladores y que se trabajará con la bancada del Frente Amplio para que en un mes quede listo un borrador más exacto de la ley final. La idea es que el proyecto se apruebe este año.