Salom: nunca consideré renunciar a la causa ni informar al PS

La abogada Cecilia Salom, esposa del ex canciller Gonzalo Fernández y defensora de uno de los procesados en el caso Peirano, reconoció este martes en No Toquen Nada que pidió la clausura del expediente, en función de la derogación del artículo 76 de la Ley 2.230. Pero lo hizo fuera de plazo porque su estrategia era otra. Respecto a la polémica política, afirmó que nunca consideró la posibilidad de renunciar a esta defensa ni de informar al Partido Socialista. “Considero que ambas hipótesis son absolutamente impertinentes”, dijo.

Actualizado: 29 de agosto de 2010 —  Por: Redacción 180

Entrevista del periodista Joel Rosenberg con la abogada Cecilia Salom, en el programa No Toquen Nada (Océano FM) este martes 24 de agosto.

Cecilia Salom, ¿cómo fue la visita del presidente José Mujica este lunes 23 a su casa?

Fue un lindísimo gesto del presidente uruguayo que vino a manifestarle a mi esposo y a mí toda su solidaridad. Es un gesto fraterno y muy lindo.

¿Cómo es actualmente la situación? ¿Usted sigue asesorando al Partido Socialista?

Durante la primera etapa cuando yo recién ingresé al Parlamento con el diputado Gustavo Bernini tenía una concurrencia más asidua. Hoy en día lo que ocurre es la mecánica habitual en materia de asesoramiento parlamentario. Surge un tema, cualquier legislador del Partido Socialista o incluso de la bancada, me pide una opinión jurídica, técnica, yo esa opinión en general la hago en forma escrita y luego hago in voce (de palabra).

Yo no tengo despacho en el Parlamento ni voy todos los días, ni día por medio. Sólo concurro a solicitud de un legislador ante inquietudes que le pueden plantear un proyecto en una materia específica en la que estoy especializada. Por supuesto, desde un inicio hasta el día de hoy, en carácter honorario, sin percibir ninguna remuneración por ello.

Usted entendía en esta situación que no tenía que informarle a Bernini ni al Partido Socialista que defendía al contador Domingo Ratti en el caso Peirano.

Nunca se me solicitó un informe sobre las modificaciones que introducían en la Ley de Concursos ya sancionada. Usted sabe que primero se sanciona la Ley de Concursos e inmediatamente una ley modificativa que es donde está contenida la derogación del Artículo 76 de la Ley de Sociedades Anónimas. Ningún legislador socialista ni del resto de la bancada del Frente me pidió asesoramiento. Puede que eso haya ocurrido, es un factor a tener en cuenta, porque quien impulsó esa derogación fue el senador Sergio Abreu. Supongo que él se habrá asesorado con gente de su confianza, abogados de su confianza.

Gustavo Bernini dijo que entendía que debió ser informado. “Para mí fue un error. Obviamente no le atribuyo intenciones, por el contrario. Pero no puedo dudar de que fue un error político. (…) Yo no asumo que haya una falta de ética, por lo menos en función de la información que tenemos”, dijo el diputado. Es como que dice que no hubo una falta ética pero pregunta por qué no les avisó.

Yo respeto lo que dice Gustavo. En la realidad, lo que ha ocurrido es que nunca informé a ningún legislador sobre los asuntos de mis clientes particulares.

Este es un cliente bastante especial.

Si, pero por ejemplo la situación de la doctora María Julia Muñoz ha sido de público conocimiento y de gran destaque periodístico. En ese caso yo no llamé a ningún compañero para decirle que iba a acompañar a la doctora Muñoz a una audiencia penal a la que había sido citada. Tampoco, luego de la audiencia, nos reunimos e intercambiamos ideas sobre el tema. Las ideas las intercambié con mi cliente.

En el caso de Ratti, ¿la defensa era del estudio o de usted?

Es una situación práctica, muy concreta. Por motivo de carácter meramente material desde que asumió cargos en el gobierno, a partir del 1º de marzo de 2005, primero como secretario de la Presidencia, luego como canciller y por último como ministro de Defensa, mi esposo no tenía tiempo de ocuparse de los asuntos del estudio. Por ende quien asumió la dirección del estudio fui yo.

Es un estudio que está integrado por tres profesionales. No tiene las dimensiones de otros estudios jurídicos donde hay 50 abogados y donde la mecánica de trabajo es distinta. El nuestro es un estudio chiquito, son tres despachos y una sala de directores.

Es difícil para la gente entender que usted lo defendía, en el estudio de Fernández, pero no Fernández. Es una figura muy importante. La gente dice “lo defendía Gonzalo Fernández”.

En este asunto, no es por defensa del doctor Gonzalo Fernández, efectiva y realmente quien ha trabajado en el expediente he sido yo en carácter exclusivo.

En el inicio estuvo él y después se quedó usted en carácter exclusivo.

Por supuesto, por razones materiales. Mi esposo no tenía tiempo… Le cuento un detalle doméstico. Mientras mi esposo estuvo en la Cancillería yo muchas veces lo embromaba y le decía que me dejara una foto en el portarretratos de la mesa de luz así me acordaba de cómo era. Del mes estaba apenas cinco días en casa.

Pero él conocía detalles del caso Peirano. Incluso estuvo por defender a uno de los hermanos Peirano. Me imagino que seguía el tema.

Lo seguía como lo puede seguir alguien, un abogado, a la distancia, en un asunto que no tiene ingerencia. Cuando a él se le solicitó la defensa por Jorge Peirano, que había sido un viejo compañero del liceo con quien tenía una larga amistad y una persona que además no tenía ninguna ingerencia en las decisiones que se adoptaban en el banco y en las compañías, él finalmente no la asumió a requerimiento del Partido Socialista.

Luego mi esposo se desvinculó del expediente en sí.

¿Después de la primera nota del Brecha, que incluso llevó a Gonzalo Fernández al Parlamento en ese debate con Abreu, no se les ocurrió decirle al Partido Socialista o informar públicamente que el estudio tenía alguno de los casos? Ese era uno de los reclamos del Partido Socialista.

No, no se nos ocurrió. Yo quiero que esto quede claro. En primer lugar la situación del contador Domingo Ratti es diferente desde el punto de vista de hecho y desde el punto de vista jurídico con respecto a los demás procesados. La primera constatación objetiva que usted tiene sobre ese punto es que el fiscal, acusando por el delito de insolvencia societaria fraudulenta a los señores Peirano, pide nueve años de penitenciaría. Esos son los guarismos, todos de penitenciaría. En el caso de mi cliente le pide 24 meses de prisión por una coautoría. No quiero equivocarme pero era una coautoría en hechos donde los autores materiales del delito fueron los demás procesados.

Entonces, hay una diferencia clarísima en la situación de mi defendido en relación a los demás procesados y creo que la de San Cristóbal análoga.

Al estar en la misma causa se benefician de la clausura de la misma forma.

Mire, yo le confieso que no recurrí la decisión de la doctora Mota que desestimó la clausura del proceso.

Eso en primera instancia. Luego el Tribunal de Apelaciones clausuró la causa.

Quiero clara porque a veces es difícil al ser cuestiones jurídicas. En un proceso judicial quien no recurre no se agravia. Esto significa que quien no recurre comparte el criterio del tribunal en primera instancia y en consecuencia el expediente se eleva a consideración del tribunal para resolver sobre la discrepancia de quienes sí impugnaron.

En este caso fueron los abogados de los hermanos Peirano.

Y también de San Cristóbal y de Guadalupe. Y con todo derecho.

Más allá de que no hay apelación, usted dice en La República que sí se presentó a pedir la clausura a pedido de su cliente.

Claro, exacto. Cuando se dicta la ley modificativa de la Ley de Concursos, derogando el artículo 76 de la Ley 2.230, la doctora Gatti mantiene una conversación informal con los defensores de los Peirano donde le anuncian que van a hacer una presentación escrita pidiendo la clausura del proceso. La doctora Gatti de motu propio y de oficio, porque esto es una cuestión jurídica, manda los expedientes en vista al fiscal. El fiscal dice que a su criterio esta ley no es aplicable a este proceso penal. De esa opinión fiscal se nos da vista a todos los interesados. Vista que por supuesto yo evacué, al igual que todos.

Luego de esa vista es que la doctora Mota dicta su sentencia y se produce la impugnación de las restantes defensas.

Usted dice que su presentación pidiendo la clausura fue formal.

Imagínese que en un proceso si hay dos partes que se enfrentan son el fiscal y el defensor. Yo no voy a comparecer a un expediente diciendo que estoy de acuerdo con el fiscal. Yo me presenté y dije que si la jueza entendía que acá había una clausura, que también se beneficie de ella mi defendido. ¡Bueno sería que hiciera lo contrario desde el punto de vista formal!

¿Usted dice que por ese lado viene la segunda nota de Brecha?

Supongo que sí. En realidad la nota de Brecha aparte de inexacta es entreveradita. Se dice que a fines del 2008, en cuanto se sanciona la derogación del 76, yo promoví la clausura del procedimiento. Y eso es una mentira desde principio hasta el fin.

La nota dice: “días después la abogada Salom ingresó en Juzgado Penal la solicitud de clausura…”

Días después… Ahí está. Fíjese que la ley se sanciona en octubre o noviembre de 2008. Y la vista que confiere la sede judicial a todos los defensores… Si mal no recuerdo, mi presentación data de mediados de marzo. Y precisamente como a mí se me había notificada con antelación, a principios de marzo, la jueza me tuvo por no presentada. Es más, hay un decreto. Brecha podría haber hecho una investigación un poquito más seria y advertir que hay un decreto de la doctora Mota que dice “téngase por no presentado al haberse vencido el término”.

Sucede que primero surgió la duda de si era el estudio de Gonzalo Fernández pero no Gonzalo Fernández el que defendía. El fallo del Tribunal dice que “comparecen los señores defensores de Marcelo Guadalupe, Mario San Cristóbal y Juan Domingo Ratti, quienes solicitan la clausura de los procedimientos con argumentos similares”.

En toda resolución judicial se hace un racconto muy breve de qué es lo que se ha actuado en ese expediente. Al inicio se indica por qué va el expediente al tribunal. El Tribunal de Tercer Turno señala que el proceso sube a su consideración con motivos de los recursos interpuestos por los demás procesados, excepto Ratti. Luego de eso el tribunal cuenta qué es lo que ha ocurrido en ese expediente. Esa mención a la que usted se refiere ocurre en el momento en que la juez da vista de la opinión del fiscal a todos los defensores de la causa.

Luego dice que se presentan con argumentos similares.

Si antes de eso, si se lee bien ese considerando, donde se habla de que la defensa de los Peirano alega esto y lo otro… Y luego, en un único párrafo, se dice que los defensores de los demás concausados esgrimieron argumentos similares, ¿qué quiere decir? ¿Quiénes son los defensores que tuvieron una participación más activa en cuanto a la promoción de la clausura? Es claro.

De ese párrafo en el que dice que ustedes se presentaron con argumentos similares viene el segundo artículo de Brecha.

Lo que pasa es que Brecha se olvida de que este escrito mío se tuvo por no presentado por fuera de plazo.

¿Por qué fue presentado fuera de plazo?

Mi estrategia de defensa es distinta a la que en esta causa ha promovido básicamente la defensa de los Peirano. Por una razón muy sencilla. En primer lugar porque la situación de mi defendido es diferente, no integra el grupo Peirano. Mi defendido es un viejo funcionario del Banco Montevideo, vocal del Directorio, que cuando se dictaron las decisiones cuestionadas se encontraba fuera del país visitando a su familia. Por ende, la fiscalía pide a su respecto una coautoría por 24 meses de prisión.

Dada la avanzada edad de mi cliente, dado que el fiscal ya había solicitado la imposición de una pena por un delito distinto del delito derogado, para el contador Ratti toda esta incidencia de la clausura del proceso que aún no ha quedado firme y tenemos por lo menos para un año más, le es perjudicial.

¿Pero Ratti quedó contento con la clausura?

Bueno, si la clausura queda firme por supuesto que va a quedar contento. Yo en este expediente abogo por la inocencia de mi cliente, de mi patrocinado. Le aclaro que yo no solamente defiendo inocentes. En el ejercicio de la abogacía uno defiende inocentes y culpables. Pero en este caso puntual, a mi juicio, de los elementos de prueba llegados a la causa, no existe la suficiente prueba para estimar que el contador Ratti cometió ningún tipo de delito.

¿En algún momento del proceso consideró renunciar a la defensa de Ratti para evitar las suspicacias que se podrían dar si esto seguía adelante?

Ah, no. Francamente, en ningún momento. No solo no consideré la posibilidad de informar, de renunciar mucho menos. Renunciar ni siquiera se me pasa por la cabeza. Además considero que ambas hipótesis son absolutamente impertinentes. Yo soy una asesora técnica, en materia jurídica que he asistido a los compañeros cada vez que me lo han solicitado y de muy buen grado. Espero seguir haciéndolo. Pero yo no tengo ninguna obligación política porque pese a mi reconocida filiación frenteamplista yo no integro estructuras ni órganos de ningún sector del Frente. Ni voy a hacerlo porque a mi la política francamente no me interesa.

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